PROGRAMA EDUCATIVO CON ESCOLARES SOBRE RESIDUOS
Resumen IA · extracto
Programa educativo sobre gestión de residuos para escolares en Navarra.
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📋 Datos del expediente
80540000 Servicios educación y formación| Calidad | CRITERIOS CUALITATIVOS (hasta 50 puntos) Las empresas licitadoras deberán incluir toda la documentación que permita realizar la valoración y puntuación de los criterios cualitativos recogidos en la cláusula 19 del Pliego regulador, debiendo realizarse un desarrollo explicativo de todas las prestaciones que sean precisas realizar para la adecuada ejecución del contrato, de acuerdo con el orden establecido en dichos criterios. a) Propuesta de contenidos de los Talleres y su adecuación al alumnado al que van dirigidos, teniendo presentes las condiciones técnicas detalladas en el Anexo VI del Pliego Regulador. Hasta 20 puntos. De estos 20 puntos: - Hasta 10 puntos por la adecuación de los contenidos y los materiales a la realidad de cada mancomunidad. - Hasta 5 puntos por la metodología de los talleres. - Hasta 5 puntos por la relación de los temas requeridos con los niveles educativos a impartir. b) Propuesta de los contenidos del Programa Educativo ON LINE o a distancia y su adecuación al alumnado al que van dirigidos, teniendo presentes las condiciones técnicas detalladas en el Anexo I del Pliego Regulador. Hasta 8 puntos. De estos 8 puntos: - Hasta 4 puntos por el desarrollo de actuaciones ON LINE o a distancia que integre los contenidos fundamentales del programa educativo. - Hasta 3 puntos por su adecuación a los diferentes ciclos educativos y a las diferentes realidades en la gestión de los residuos a las que va dirigida la oferta educativa ON LINE o a distancia. - Hasta 1 punto si menciona método de seguimiento del programa educativo ON LINE. c) Propuesta de organización (distribución, organigrama, etc.). Hasta 8 puntos. De estos 8 puntos: - Hasta 3 puntos por la adecuación de la organización de las actuaciones a la realidad poblacional y de nº de centros escolares existentes de las mancomunidades adscritas al Consorcio de Residuos de Navarra. - Hasta 3 puntos a la propuesta de funcionamiento y comunicación con los centros escolares. - Hasta 2 puntos la propuesta comunicativa de las acciones al exterior. d) Propuesta de acciones formativas ligadas a la economía circular. Hasta 6 puntos. De estos 6 puntos: - Hasta 4puntos por nuevas propuestas. - Hasta 2 puntos por el desarrollo de estas. e) Detección de nuevos públicos. Hasta 4 puntos. De estos 4 puntos: - Por cada 2 nuevos públicos a trabajar 1 punto, con un máximo de 3 puntos. - Si lo trata en la propuesta en un apartado específico, hasta 1 punto. f) Se valorará el detalle documental, la claridad y la descripción de la propuesta. Hasta 4 puntos. De estos 4 puntos: - Si se ajusta al pliego, hasta 2 puntos. - Si es claro y conciso, hasta 2 puntos. | |
| Precio | CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS • CRITERIOS SOCIALES (hasta 10 puntos): 1. Plan de Igualdad (hasta 5 puntos) Presentación del Plan de Igualdad vigente en la empresa, firmado con anterioridad a la fecha de inicio de la licitación y validado por la representación sindical de la empresa. En el caso en que la empresa no cuente con representación sindical, el Plan de Igualdad deberá estar firmado por el representante de la empresa. Si la empresa licitadora dispone de Plan de Igualdad obtendrá 5 puntos, y 0 en caso contrario. 2. Haber realizado formación en materia de igualdad y conciliación (hasta 5 puntos) Se otorgarán 5 puntos a la empresa licitadora que acredite haber realizado en el periodo de tres años antes al inicio de la presentación de ofertas a esta licitación, al menos 8 horas de acciones de sensibilización y formación a la plantilla que ejecutará el contrato acerca de los derechos en materia de igualdad y de conciliación. Con el fin de comprobar su cumplimiento, la empresa licitadora deberá aportar la documentación que acredite el contenido, los asistentes, el lugar y la fecha de realización de las acciones formativas, validada por la empresa formadora. • OFERTA ECONÓMICA (hasta 40 puntos) Proposición económica de la oferta, valorando la baja con relación al presupuesto de licitación. La valoración de las proposiciones económicas se realizará según los criterios que se reseñan a continuación: - La oferta económica más ventajosa recibirá una calificación de cincuenta (50) puntos. - El importe del presupuesto de licitación se califica, a estos efectos, con cero (0) puntos. - El resto de las ofertas se puntuarán de forma proporcional mediante la aplicación de la siguiente fórmula exponencial: Pn= (1-e-Kxbajan) x (Pmáx/1-e-Kxbajamax) Siendo: Pmax = Puntuación máxima de este apartado (50 puntos) Pn = Puntuación obtenida por la oferta que se valora Bajamáx = Máximo porcentaje de baja realizado Bajan = Porcentaje de baja realizado por la oferta que se valora e = Número e K = Coeficiente predeterminado 20 En caso de empate, será de aplicación el artículo 99 de la Ley Foral de Contratos Públicos. A tal efecto se requerirá a las empresas afectadas la documentación pertinente, otorgándoles un plazo de cinco (5) días naturales para su aportación. En el caso de que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS Se considerarán, en principio, anormalmente bajas las ofertas que se encuentren en los supuestos que se exponen a continuación. Para ello, se tendrán en cuenta las ofertas en porcentaje sobre el presupuesto de licitación. Además, cuando se hace referencia a unidades porcentuales, son calculadas sobre dicho presupuesto. a) Cuando, concurriendo una sola empresa licitadora, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. b) Cuando concurran dos empresas licitadoras, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. c) Cuando concurran tres o más empresas licitadoras, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a la media de todas las ofertas presentadas. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía de entre todas las presentadas. En el caso de que sea presentada oferta anormalmente baja será de aplicación el artículo 98 de la Ley Foral 2/2018, de Contratos Públicos. |
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