Cómo obtener los certificados de estar al corriente (AEAT y TGSS) para licitar

2026-07-12 · Formación

Para contratar con la Administración necesitas demostrar que estás «al corriente» de tus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social. Se acredita con dos certificados —uno de la AEAT y otro de la TGSS—, y no tenerlos a tiempo es una de las causas más frecuentes de perder una adjudicación ya ganada. Esta guía explica qué son, dónde y cómo pedir cada uno paso a paso, cuánto duran (con un matiz que casi nadie conoce) y cuándo te los van a exigir.

Aviso. Guía orientativa y de buenas prácticas; no sustituye a la información oficial de la AEAT y la Tesorería General de la Seguridad Social ni al asesoramiento profesional. La referencia legal es la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), y su reglamento (RGLCAP).

Qué significa «estar al corriente» y por qué te lo piden

Estar al día con Hacienda y la Seguridad Social es un requisito para poder contratar con el sector público: no estarlo es una de las prohibiciones de contratar del artículo 71.1.d) de la LCSP. Como licitador declaras que lo cumples (normalmente en el DEUC o declaración responsable), pero tienes que poder acreditarlo con los certificados cuando te lo pidan.

¿Cuándo te lo piden? Sobre todo en el requerimiento previo a la adjudicación: el órgano de contratación requiere al licitador con la mejor oferta para que, en 10 días hábiles, acredite entre otras cosas estar al corriente (artículo 150.2 de la LCSP). El concepto se desarrolla en los artículos 13 (obligaciones tributarias) y 14 (Seguridad Social) del RGLCAP, y a estos efectos basta la certificación del órgano competente.

La clave

No esperes al requerimiento para pedir los certificados. Tenlos ya sacados (o sabe exactamente cómo obtenerlos en minutos) antes de presentar la oferta: los 10 días hábiles del requerimiento vuelan, y quedarte sin certificado en plazo equivale a perder el contrato que habías ganado.

Los dos certificados que necesitas

  • AEAT — «Certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias», en su modalidad específica «para contratar con el sector público». Lo emite la Agencia Tributaria y acredita que no tienes deudas tributarias pendientes a estos efectos.
  • TGSS — «Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social». Lo emite la Tesorería General de la Seguridad Social y acredita que estás al día en cotizaciones y demás deudas con la Seguridad Social.

Ojo con la confusión más común: el certificado que necesitas para licitar NO es el «certificado de contratistas y subcontratistas» del artículo 43.1.f) de la Ley General Tributaria. Ese otro certificado —que sí dura 12 meses— sirve para eximir de responsabilidad subsidiaria entre empresas privadas (cuando subcontratas obras o servicios de tu actividad), no para contratar con la Administración. Pide siempre la modalidad «para contratar con el sector público».

Cómo pedir el certificado de la AEAT, paso a paso

  1. Entra en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (sede.agenciatributaria.gob.es) e identifícate con Cl@ve, certificado electrónico o DNIe.
  2. Ve a Todas las gestiones → Certificados → Situación tributaria y elige «Certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias».
  3. Marca la casilla de la modalidad «para contratar con el sector público» (no la genérica): es la que la Administración admite a estos efectos.
  4. Valida y firma la solicitud. Si no hay incidencias, el certificado se emite de forma inmediata en PDF con código seguro de verificación (CSV).

Si actúas en nombre de una empresa, necesitarás el certificado electrónico de representante de persona jurídica o un apoderamiento registrado en la sede.

Cómo pedir el certificado de la TGSS, paso a paso

  1. Entra en el portal Import@ss (portal.seg-social.gob.es) o en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es) e identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve Permanente.
  2. Accede al apartado «Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social e informes de deuda».
  3. Solicita el certificado de estar al corriente y descárgalo con su código de verificación. Si no dispones de identificación digital, puedes pedir que te envíen el informe por correo postal.

Cuánto duran: 6 meses (y el matiz que gana recursos)

A efectos de contratación con las Administraciones Públicas, estos certificados son válidos seis meses desde la fecha de expedición, según el artículo 16.3 del RGLCAP (norma básica, aplicable a todas las administraciones).

El matiz de oro: aunque el propio certificado de la AEAT indique una validez de «3 meses» (el plazo de la norma tributaria general, art. 75.2 del RD 1065/2007), a efectos de contratación pública prevalecen los 6 meses del RGLCAP. Así lo ha confirmado el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (entre otras, resolución 195/2016): un licitador excluido por «certificado caducado» a los cuatro o cinco meses puede recurrir y ganar. Aun así, para evitarte el disgusto, no los saques con demasiada antelación y comprueba lo que diga cada pliego.

Si estás inscrito en el ROLECE, ¿hace falta?

El ROLECE acredita tu capacidad y solvencia, pero no cubre el estar al corriente: es un dato dinámico que cambia mes a mes. El órgano de contratación puede consultarlo directamente a la AEAT y la TGSS si tú lo autorizas (la casilla de autorización del artículo 95.1.k) de la Ley General Tributaria, que se marca en la declaración responsable o el DEUC); si no lo autorizas, tendrás que aportar los certificados en el requerimiento del artículo 150.2.

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