Adjudicatario es el licitador cuya oferta ha sido seleccionada por el órgano de contratación y a favor de quien se adjudica el contrato. Mientras compites eres un licitador más; cuando tu oferta resulta la mejor y se te adjudica, pasas a ser el adjudicatario, con obligaciones y plazos concretos que conviene tener claros desde el minuto uno.
Del licitador al adjudicatario: el requerimiento previo
Antes de la adjudicación formal, el órgano de contratación requiere al licitador que ha presentado la mejor oferta para que acredite la documentación (capacidad, solvencia, estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social) y constituya la garantía definitiva. Dispones de 10 días hábiles desde el envío del requerimiento para presentarla (artículo 150.2 de la LCSP). Si no cumples en plazo, se entiende que retiras tu oferta y se requiere al siguiente licitador clasificado.
Qué significa para ti al licitar
Ganar no es el final del papeleo, es el principio de otro. En cuanto recibas el requerimiento, ten a mano los certificados de estar al corriente y la garantía definitiva: los 10 días hábiles pasan rápido, y perder la adjudicación por un plazo formal, después de haber hecho la mejor oferta, es el peor de los desenlaces.
Plazos de formalización
La adjudicación se perfecciona con la formalización del contrato, y el plazo depende de si el contrato es susceptible de recurso especial (artículo 153 de la LCSP):
- Contratos NO susceptibles de recurso especial: la formalización debe producirse como máximo a los 15 días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación.
- Contratos susceptibles de recurso especial (los SARA y otros): la formalización no puede producirse antes de que transcurran 15 días hábiles desde que se remite la notificación de la adjudicación —es el plazo de espera o standstill, pensado para que quepa recurrir—. Pasado ese plazo, el órgano te requerirá para formalizar en un máximo de 5 días.
Términos relacionados
Repasa la diferencia con el licitador y qué es la adjudicación. Si crees que la adjudicación no ha sido correcta, mira el recurso especial en materia de contratación. ¿Primera vez? Empieza por cómo participar en una licitación pública.