La clasificación empresarial es un certificado oficial que acredita de antemano la solvencia de una empresa para ejecutar determinados contratos, ordenándola por grupos, subgrupos y categorías según el tipo de trabajo y el importe (clasificación regulada en el artículo 77.1 de la LCSP y su Anexo II). Con ella no tienes que demostrar tu solvencia contrato a contrato: presentas el certificado y basta.
Es obligatoria en los contratos de obras a partir de cierto importe y voluntaria pero útil en muchos de servicios. Se otorga en función de la solvencia de la empresa y con arreglo a los criterios y condiciones que fija la ley, y determina a qué contratos puedes optar por su objeto y su cuantía (artículo 79 de la LCSP). Una vez concedida, tiene un plazo de vigencia y unas condiciones de revisión que conviene mantener al día (artículo 82).
Qué significa para ti al licitar
Si te dedicas a la obra pública, tramitar la clasificación cuanto antes te abre contratos que sin ella no podrías ni presentar. Es un trámite lento: no lo dejes para cuando ya haya salido la licitación que te interesa.
Términos relacionados
La clasificación es una forma de acreditar la solvencia (técnica y económica) y la piden sobre todo los contratos de obras. Para el paso a paso, consulta la guía cómo obtener la clasificación empresarial y solvencia técnica vs. económica.